Por la ratificación del Convenio 190: no a la violencia laboral

Agosto 20, 2020 Noticias
La Asociación del Magisterio de Enseñanza Técnica (AMET) acompañó este jueves 20 la presentación de los contenidos del Convenio 190 de la Organización Internacional del Trabajo, por medio del cual organizaciones gremiales de distintos países adhieren a las medidas contra la violencia y el acoso laboral.
En este caso AMET estuvo representada por la secretaria de la Mujer, Fabiana Muñoz, quien ratificó la voluntad de “respaldar y aplicar en cada instancia del ámbito laboral los principios consagrados en el Convenio 190, el cual ha adquirido un valor preponderante en los últimos tiempos, especialmente en este contexto de pandemia, donde las trabajadoras y trabajadores, se encuentran en una etapa crítica, de permanentes cambios y, en ocasiones, de violencia laboral”.
AMET formó parte en esta ocasión de la presentación digital transmitida por el sitio de la “Red Nacional Intersindical Contra la Violencia Laboral”, para abogar por la adhesión al Convenio 190 y la Recomendación 206 de la OIT, que establece principios de aplicación indispensable en contexto de pandemia.
En sus principios fundamentales, el pronunciamiento de la OIT señala textualmente los siguientes tópicos:

  • 1. Todo Miembro que ratifique el presente Convenio deberá respetar, promover y asegurar el disfrute del derecho de toda persona a un mundo del trabajo libre de violencia y acoso.
  • 2. Todo Miembro deberá adoptar, de conformidad con la legislación y la situación nacional y en consulta con las organizaciones representativas de empleadores y de trabajadores, un enfoque inclusivo, integrado y que tenga en cuenta las consideraciones de género para prevenir y eliminar la violencia y el acoso en el mundo del trabajo. Este enfoque debería tener en cuenta la violencia y el acoso que impliquen a terceros, cuando proceda, y consiste, en particular en:
  • a) prohibir legalmente la violencia y el acoso;
  • b) velar por que las políticas pertinentes aborden la violencia y el acoso;
  • c) adoptar una estrategia integral a fin de aplicar medidas para prevenir y combatir la violencia y el acoso;
  • d) establecer mecanismos de control de la aplicación y de seguimiento o fortalecer los mecanismos existentes;
  • e) velar por que las víctimas tengan acceso a vías de recurso y reparación y a medidas de apoyo;
  • f) prever sanciones;
  • g) desarrollar herramientas, orientaciones y actividades de educación y de formación, y actividades de sensibilización, en forma accesible, según proceda, y
  • h) garantizar que existan medios de inspección e investigación efectivos de los casos de violencia y acoso, incluyendo a través de la inspección del trabajo o de otros organismos competentes.
  • I) Al adoptar y aplicar el enfoque mencionado en el párrafo 2 del presente artículo, todo Miembro deberá reconocer las funciones y atribuciones diferentes y complementarias de los gobiernos, y de los empleadores y de los trabajadores, así como de sus organizaciones respectivas, teniendo en cuenta la naturaleza y el alcance variables de sus responsabilidades respectivas.
Tales preceptos se completan con los artículos 5 y 6 del Convenio, que a continuación transcribimos:
Art. 5: Con objeto de prevenir y eliminar la violencia y el acoso en el mundo del trabajo, todo Miembro deberá respetar, promover y llevar a efecto los principios y derechos fundamentales en el trabajo, a saber, la libertad de asociación y el reconocimiento efectivo del derecho de negociación colectiva, la eliminación de todas las formas de trabajo forzoso u obligatorio, la abolición efectiva del trabajo infantil y la eliminación de la discriminación en materia de empleo y ocupación, así como fomentar el trabajo decente y seguro.
Art 6: Todo Miembro deberá adoptar una legislación y políticas que garanticen el derecho a la igualdad y a la no discriminación en el empleo y la ocupación, incluyendo a las trabajadoras, así como a los trabajadores y otras personas pertenecientes a uno o a varios grupos vulnerables, o a grupos en situación de vulnerabilidad que están afectados de manera desproporcionada por la violencia y el acoso en el mundo del trabajo.
Las entidades gremiales participantes abogaron por la adhesión argentina a estos preceptos, consagrados por la OIT en 2019.


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